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APOYOS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS

Apoyos para personas discapacitadas
junio 30, 2020

Tabla de contenido

Con la entrada en vigencia de la ley 1996 de 2019, se modifican las disposiciones para el tratamiento de las personas con discapacidad mayores de edad y se establecen apoyos para facilitar el ejercicio de la capacidad legal de aquellas personas que tiene alguna discapacidad para el ejercicio pleno de sus derechos; en esta artículo hablaremos de los apoyos para las personas discapacitadas.

La capacidad legal; es la facultad que tiene una persona para ejercer derechos y adquirir obligaciones por si misma sin la autorización de otro; el artículo 1503 del código civil establece, que todas las personas son legalmente capaces, excepto aquellas que la ley declare incapaces. Hoy en día con la nueva ley 1996 de 2019 se presume que toda persona mayor de edad tiene plena capacidad legal; para ejercer derechos y contraer obligaciones, con esto se modifica el régimen de capacidad legal en Colombia.

La ley 1996 modificó el artículo 1504 del código civil que establecía quienes eran incapaces absolutos y relativos. Además, la norma establecía que eran absolutamente incapaces los dementes, los impúberes y sordomudos que no pueden darse a entender; y eran considerados cómo incapaces relativos, los menores adultos que no han obtenido la mayoría de edad y los disipadores que se hallen bajo interdicción.  

Además, ahora con la modificación de la ley 1996, sólo son incapaces absolutos los menores impúberes e incapaces relativos los menores púberes, el resto de incapacidades quedaron excluidas y se presume su capacidad legal para ejercer sus derechos y adquirir obligaciones.

Con esta ley todas las personas mayores de edad gozan de capacidad legal, incluyendo las personas con discapacidad, podrán ejercer plenamente su capacidad legal y sus actos serán completamente válidos, así mismo la ley establece unas medidas para facilitar el ejercicio de la capacidad de aquellas personas con discapacidad.

Titular del acto jurídico

Cuándo se habla de apoyos para personas discapacitadas la ley define el acto jurídico como la manifestación de la voluntad y preferencias encaminadas a producir efectos jurídicos, es decir, que tienen unos efectos relevantes para el derecho.

El titular del acto jurídico es la persona, mayor de edad, quien manifiesta su voluntad y preferencias en determinado acto, esta persona puede tener algún tipo de discapacidad y aun así es considerado el titular del acto y sus efectos tiene total validez.

Apoyos para personas discapacitadas

Los apoyos de los que trata la ley 1996 de 2019, son tipos de asistencia que se le prestan a la persona con discapacidad para facilitar el ejercicio de su capacidad legal. Puede ser asistencia para comunicarse, para la comprensión de los actos jurídicos o para la manifestación de la voluntad y sus preferencias.

Los apoyos son para orientar a la persona que lo necesita, pero en todo momento debe atender a la voluntad de la persona titular del acto. Estos apoyos pueden ser establecidos a través de la celebración de un acuerdo a través del titular del acto y las personas que brindarán el apoyo; o también podrá establecerse a través de un proceso de jurisdicción voluntaria y será el juez quien asigne una persona para que preste el apoyo.

Cómo acceder a los apoyos que establece la ley

Cómo se dijo en el punto anterior, los apoyos pueden ser a través de un acuerdo entre el titular del acto y las personas que brindarán el apoyo; o a través de un proceso de jurisdicción voluntaria, donde el juez asignará una persona que preste el apoyo.

La determinación de los apoyos, podrá establecerse mediante la declaración de la voluntad del titular del acto, o también a través de una valoración de apoyos a través de entidades cómo la defensoría, la personería, las alcaldías o la gobernación, para determinar cuáles son los apoyos que requiere una persona.

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Hugo Armando DIAZ
1 Año Pasado

Buenas tardes, me gustaría saber si yo puedo hacer algo con l pensión de mi abuelo que murió en el año 2007, pensionado por el DANE, mi madre única hija esquizofrénica, nunca nos ayudaron para gestionar la pensión de mi abuelo, vivimos muchas necesidades, al punto de pedir en la calle, yo su único nieto también esquizofrénico y con retardo mental no especificado, quede solo al morir mi madre en el año 2018, me dijeron que podía intentar pedir la pensión sin retroactivo, agradezco su amable información, quedo atento a alguna respuesta en mi correo