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AUXILIO POR PAGO DE GASTOS DE ENTIERRO

Auxilio por pago de gastos de entierro
agosto 9, 2016

Tabla de contenido

El auxilio por pago de gastos de entierro, es aquel reconocimiento que se hace por parte de la administradora Colombiana de pensiones; a la persona que al momento del fallecimiento de un afiliado o pensionado al régimen de pensiones; haya realizado los gastos pendientes al sepelio de dicho fallecido.

Que es el auxilio por pago de gastos de entierro

Para el reconocimiento, la persona que los solicite deberá aportar en original y con sello de cancelado; la factura donde conste dicho sufragio de los gastos del entierro, además de copia autentica del registro de defunción del afiliado; el lleno de los formatos requeridos por el fondo de pensiones y los documentos de identidad del fallecido y el solicitante.

El auxilio por pago de gastos de entierro lo puede solicitar cualquier persona; siempre y cuando sea quien haya realizado los pagos y pueda acreditarlos con la presentación de la factura original con sello de cancelado. No es necesario que el solicitante del auxilio por pago de gastos de entierro sea un beneficiario legal de pensión de los establecidos en el articulo 47 de la ley 100 de 1993; si no que lo puede reclamar cualquier persona que haya sufragado dichos gastos.

En el evento en que los gastos de entierro los haya realizado el mismo fallecido por estar pagando un contrato pre-exequial; podrá solicitar el reconocimiento del auxilio por pago de gastos de entierro los herederos de dicho afiliado o pensionado fallecido; siempre y cuando ostente dicha calidad de heredero.

Es de tener en cuenta que al momento de solicitar el reconocimiento, quien pretenda solicitarlos solicitarlos lo deberá hacer dentro de los tres años siguientes a la fecha del fallecimiento del afiliado o pensionado, porque si dejase pasar dicho termino, la reclamación carecería de valor toda vez que aplicaría la figura de la prescripción, que le quita validez y ejecución al título ejecutivo contenido en la factura de pago de los gastos exequiales.

Que pasa después de solicitar el reconocimiento del auxilio

Una vez se solita dicho reconocimiento del auxilio por pago de gastos de entierro, la administradora colombiana de pensiones tendrá un termino de 4 meses para responder dicha solicitud, y si cumplido el termino no se da respuesta, se podrá presentar demanda judicial solicitando el reconocimiento de dichos gastos, además de la condena a intereses moratorios por la demora en el reconocimiento de dicho auxilio.

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Sebastián londoño
3 Años Pasado

Buenas tardes mi papá falleció hace más o menos 5 meses y lo que pasa es que mi mamá Ya reclamó la pensión de sobrevivientes pero no teníamos el conocimiento de que también había derecho a un Auxilio funerario entonces me gustaría saber cómo hacer para poder que nos paguen en dicho auxilio ya que yo era la titular de la funeraria mi papá era pensionado por vejez Entonces creería yo que tengo todo el derecho para reclamarlo entonces para que me indiquen qué papelería necesito y Cómo podemos hacer el trámite