Tabla de contenidos
- 1 Cómo reclamar la pensión de sobrevivientes en Porvenir (TRÁMITE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN PORVENIR)
- 2 Cómo iniciar con el trámite en Porvenir
- 3 Qué documentos adicionales se necesitan para reclamar la pensión de sobrevivientes
- 4 Cuál es el valor de la pensión sobrevivientes (TRÁMITE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN PORVENIR)
- 5 ARTÍCULOS DE INTERES
Porvenir es uno de los fondos privados de pensión que administran el régimen de ahorro individual con solidaridad en Colombia; además, es uno de los fondos de pensiones más grandes y con mayor cantidad de afiliados. Al igual que en los demás fondos de pensiones del sistema general de pensiones le garantiza a sus afiliados la protección de los riesgos derivados de la vejez, la invalidez y la muerte. Una de las modalidades de pensión en Porvenir es la pensión de sobrevivientes. En este artículo te contamos como es el trámite y los documentos que se requieren para reclamar la pensión de sobrevivientes ante Porvenir.
Cómo reclamar la pensión de sobrevivientes en Porvenir (TRÁMITE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN PORVENIR)
La pensión de sobrevivientes ante Porvenir establece los mismos requisitos que en los demás fondos de pensiones para esta prestación económica; del mismo modo se le paga a los beneficiarios establecidos en el artículo 47 de la ley 100 de 1993. Y cuando fallece un afiliado al sistema de pensiones se debe acreditar que haya obtenido mínimo 50 semanas cotizadas; dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento del causante. En otras palabras se maneja igual que los otros fondos privados.
Cuando un afiliado o pensionado de Porvenir fallece, sus beneficiarios pueden realizar el trámite de la pensión sobrevivientes, ósea, reclamar la pensión; es el primer presupuesto que se necesita para obtener esta prestación económica, y podrá pagarse de forma vitalicia. Es decir hasta el momento de su fallecimiento, o de forma temporal; dependiendo del tipo de beneficiario que se trate. los beneficiarios de la ley 100 de 1993; en su artículo 47, son quienes tienen derecho a la pensión de sobrevivientes.
En resumidas cuentas, la pensión de sobrevivientes en forma vitalicia se le reconoce para el cónyuge o compañero(a) permanente mayor de 30 años. O que siendo menor de 30 años tenga hijos en común con el causante. Los hijos inválidos, los padres del afiliado que dependan económicamente de este, y lo hermanos inválidos.
Y además, se de forma temporal se reconoce para los hijos menores de 18 años. O siendo mayores de 18 años y hasta los 25 años; mientras tanto se encuentran estudiando y el cónyuge o compañero(a) permanente menor de 30 años y no tenga hijos en común con el afiliado.
Cómo iniciar con el trámite en Porvenir
Para iniciar el trámite de pensión de sobrevivientes en Porvenir, los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes deben solicitar una cita ante Porvenir. Y en una de las oficinas del fondo de pensión te darán una asesoría para radicar los documentos que debes presentar; para que te reconozcan la pensión de sobrevivientes. Una vez diligenciados los formularios, se radican ante una oficina de Porvenir para iniciar el trámite. Siempre y cuando cuente con todos los documentos.
Porvenir dispone de varios formularios de solicitud de la pensión de sobrevivientes, dependiendo del beneficiario que reclame la pensión se establece un formulario diferente; Este formulario se radica ante la oficina de Porvenir. Solicitando la pensión de sobrevivencia y la emisión de los bonos pensionales a los cuales haya derecho.
Los formularios para diligenciar y dar inicio al trámite de la pensión de sobrevivientes son los siguientes; a continuación te los vamos a contar:
- Formulario de trámite de reclamación por sobrevivencia, solo cónyuges.
- Reclamación por sobrevivencia, solo hijos
- Sobrevivencia para cónyuges con hijos
- Certificado de sobrevivencia para los padres
- Formato de reclamación de sobrevivencia para hermano discapacitado
Esos son los formularios que dispone Porvenir para cada uno de los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes; o sustitución pensional, con estos formularios se inicia el trámite para solicitar la pensión de sobreviviente. Donde se le solicita a Porvenir el reconocimiento de la pensión; los formularios para los cónyuges también se aplican de igual manera para los compañeros permanentes. Sin embargo no son los únicos documentos que deben presentarse; A continuación te contaremos que otros documentos se necesitan para acceder a la pensión de sobrevivientes en Porvenir.
Qué documentos adicionales se necesitan para reclamar la pensión de sobrevivientes
Además, del formulario de reclamación de la pensión de sobrevivencia, se deben anexar otros documentos para acreditar la condición de beneficiario de la pensión. Estos documentos son diferentes dependiendo del beneficiario que reclame la pensión de sobrevivientes. A continuación te contamos los documentos que exige Porvenir para reclamar la pensión a cada beneficiario.
Para los cónyuges o compañeros permanentes:
- Formulario de trámite de solicitud por sobrevivencia
- Documento de identidad del afiliado
- Copia autenticada del registro de nacimiento del causante
- Registro civil autenticado de defunción
- Fotocopia del documento de identidad de la pareja solicitante
- Registro civil de nacimiento de la pareja solicitante
- Registro civil de matrimonio, siempre y cuando se trate del cónyuge, es decir, que haya sido casados
- Declaración juramentada ante notaria de los tiempos de convivencia, para acreditar la condición de compañeros permanentes.
- Declaración juramentada indicando los tiempos de convivencia, recordemos que deben ser mínimo 5 años, con anterioridad a la fecha del fallecimiento.
- Formato para estudio de la modalidad pensional
- Certificado de la cuenta bancaria del solicitante
Para los hijos:
- Formulario de trámite de solicitud de sobrevivencia, se solicita en la oficina de Porvenir
- Copia autenticada del registro civil de nacimiento del fallecido
- Registro civil de defunción
- Copia autentica del registro civil de nacimiento del hijo solicitante; si se trata de un hijo menor de edad. Siempre y cuando no tenga a ambos padres y esta a cargo de un tercero; debe figurar en el registro civil quien es el tutor o curador
- Documento de identidad del hijo solicitante
- Certificado de estudio de la respectiva institución académica donde se encuentre estudiando; para los hijos mayores de 18 años, menores de 25 que se encuentren estudiando.
- Para los hijos mayores de 18 años, menores de 25 años, formato de modalidad pensional por estudio, que es entregado en la oficina de Porvenir.
- Declaración juramentada ante notario de dependencia económica
- Para los hijos inválidos se requiere la calificación de invalidez, con un porcentaje de pérdida de capacidad laboral superior al 50%.
Los padres
- Formulario de trámite de solicitud de sobrevivencia.
- Registro civil de nacimiento del afiliado o pensionado fallecido
- Fotocopia del documento de identidad del causante ampliada al 150%
- Copia del registro civil de defunción.
- Fotocopia del documento de identidad de los padres solicitantes.
- Registro civil de nacimiento de los padres solicitantes.
- Declaración juramentada del padre o madre quien solicita la pensión indicando la actividad económica y la dependencia económica con el causante.
- Registro civil de defunción si ha fallecido alguno de los padres.
- Formato de modalidad pensional que entrega la oficina de Porvenir.
- Copia de certificado de cuenta bancaria del solicitante.
Hermanos discapacitados
- Formulario de trámite de solicitud de sobrevivencia.
- Fotocopia del documento de identidad del causante ampliado al 150%
- Copia autentica del registro civil de nacimiento del causante.
- Registro civil de defunción.
- Registro civil de nacimiento del hermano solicitante, con nota marginal de designación de tutor o curador.
- Calificación de invalidez, con el porcentaje de pérdida de capacidad laboral superior al 50%
- Fotocopia del documento de identidad del solicitante, ampliada al 150%.
- Formato de estudio de modalidad pensional.
- Copia de certificado de cuenta bancaria.
Cuál es el valor de la pensión sobrevivientes (TRÁMITE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN PORVENIR)
Recuerda también que el monto máximo de la pensión de sobrevivientes es del 75% del ingreso baso de liquidación. Salvo si quien fallece es un pensionado por vejez; en cuyo caso sus beneficiaros tendrán derecho a la totalidad de la pensión que el causante estaba disfrutando cuando se encontraba con vida.
Además, la pensión mínima nunca puede ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente.
ARTÍCULOS DE INTERES
NULIDAD E INEFICACIA DEL TRASLADO DE PENSIONES AL FONDO PRIVADO
PENSION DE SOBREVIVIENTES EN COLOMBIA
Me gusto demasiado tu web Muchas gracias, Un saludo
https://fosygaconsulta.com.co/certificado-porvenir/