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CUÁL ES EL TRÁMITE PARA TRASLADARSE A COLPENSIONES

Cuál es el trámite para trasladarse a Colpensiones
octubre 23, 2020

Tabla de contenido

En la práctica lo más común es que los afiliados del régimen de ahorro individual decidan trasladarse de régimen a Colpensiones. Porque su pensión es mucho más favorable en el régimen de ahorro individual. Colpensiones ha implementado la posibilidad de trasladarse de forma virtual, desde la casa del afiliado a través de la página web de Colpensiones. En este artículo te contamos cuál es el trámite para trasladarse a Colpensiones, en que consiste y cuál es el procedimiento.

Qué requisitos se exigen para el traslado de régimen a Colpensiones (Trámite para trasladarse)

Si un afiliado del régimen de ahorro individual con solidaridad desea trasladarse al régimen de prima media con prestación definida. Administrado por Colpensiones puede hacerlo en cualquier momento, pero se le exigen dos requisitos:

  • Que haya permanecido mínimo 5 años en el régimen de ahorro individual, y que le hagan falta más de 10 años para cumplir la edad mínima para la pensión. Que son 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.

Es decir, que el trámite para trasladarse de fondo privado a Colpensiones se restringe cuando al afiliado le hacen falta 10 años o menos para cumplir la edad mínima de pensión. Ósea, cuando las mujeres han cumplido 47 años y los hombres 52 años. Si un afiliado cumple con estos requisitos no hay ningún impedimento para realizar el traslado a Colpensiones. Y acceder a la pensión de vejez en el fondo común se le debe brindar al afiliado una doble asesoría antes de realizar el trámite. Y cuando se efectúa el traslado el fondo privado debe regresar a Colpensiones todos los aportes realizados por el afiliado al régimen de ahorro individual. Más el bono pensional y demás rendimientos financieros.

Este trámite para trasladarse a Colpensiones se venía haciendo de forma presencial, donde el afiliado debía acudir al fondo de pensión Colpensiones. Para solicitar el formulario de afiliación y toda la documentación requerida para el traslado. A continuación de contaremos en que consiste este paso a paso que establece Colpensiones y los documentos que exige para realizar el traslado.

Cuál es el paso a paso para realizar el traslado de régimen

Lo primero es reclamar el formulario de afiliación al sistema general de pensiones, en cualquier punto de atención de Colpensiones. O se puede descargar también a través de la página web. Luego debe presentar el documento de identidad en un punto de atención donde se brinda una asesoría de toda la documentación requerida. Posteriormente se radica el formulario de afiliación, con todos los documentos exigidos. En uno de los puntos de atención y finalmente el afiliado recibe una carta notificándose del cambio de régimen pensional.

Como hemos dicho para realizar este trámite Colpensiones exige unos documentos adicionales al formulario de afiliación. A continuación te contamos cuales son esos documentos que se exigen para efectuar el traslado:

  • Formulario de afiliación al sistema general de pensiones que dispone Colpensiones.
  • Copia de la decisión de sentencia o tutela, en caso de que el traslado sea ordenado por sentencia judicial
  • Carta del solicitante manifestando que se acoge a la sentencia su 062, que fue la sentencia que unificó el traslado de régimen pensional
  • Poder debidamente conferido, fotocopia del documento de identidad del apoderado ampliada al 150%. Y tarjeta profesional del abogado en caso de que el trámite sea realizado a través de apoderado
  • Si es un tercero autorizado quién realiza el trámite. Debe aportar la carta de autorización con las facultades específicas y la copia del documento de identidad ampliada al 150% del tercero autorizado

Estos son los documentos que exige Colpensiones para realizar el traslado del régimen de ahorro individual al régimen de prima media. Sin embargo, este es el trámite que se dispone cuando es de forma presencial. Ahora puede realizarse de forma virtual desde la casa del afiliado en cuestión de minutos. A continuación te contaremos en que consiste este trámite.

Cómo realizar el trámite de manera virtual

Colpensiones reciente ha implementado la posibilidad de realizar el traslado de régimen desde la casa del afiliado. De forma virtual y en cuestión de minutos, el afiliado solo debe cumplir con los requisitos exigidos para el traslado. Que recordemos que son haber permanecido mínimo 5 años en el régimen de ahorro individual. Y que no falten 10 años o menos para cumplir con la edad mínima de pensión.

El afiliado debe ingresar a la página web de Colpensiones www.colpensiones.gov.co y allí debe registrarse con un usuario y contraseña. En principio el trámite virtual solo está disponible para los afiliados de Porvenir, Protección y Skandia. Una vez el afiliado se registre y obtenga su usuaria y contraseña, lo debe validar e ingresar nuevamente a la página de Colpensiones.

En la página de Colpensiones, le das clic en la opción que dice trámites y te envía a la ventana que aparece en la imagen adjuntada anteriormente. Una vez allí ubicas la opción que dice traslados de régimen pensional y le das clic a la opción «Realizar en línea».

Una vez le das clic a la opción realizar en línea, te envía a esta ventana que mostramos anteriormente. Donde solo debes ingresar con el usuario y contraseña que has creado y allí realizar todo el trámite, puedes subir los documentos que exige Colpensiones. Descargar y diligenciar el formulario de afiliación, subes todos los documentos y en cuestión de 5 o 10 minutos se da respuesta el trámite. Como dato para tener en cuenta solo en 2020 cerca de 42 mil personas se han traslado del régimen de ahorro individual a Colpensiones. Con este trámite virtual se busca aumentar esta cantidad y facilitar la opción de trasladarse de los afiliados cotizantes que cumplen los requisitos.

Cuáles son los beneficiarios del traslado a Colpensiones

Muchos afiliados al régimen de ahorro individual buscan trasladarse a Colpensiones porque la liquidación de su pensión es mucho más favorable en el régimen de prima media. Debido a que se toman en cuenta las semanas cotizadas y el ingreso base de liquidación, que son los salarios cotizados dentro de los últimos 10 años. O de toda la vida laboral dependiendo de cual es más favorable.

Por lo tanto si un afiliado en un fondo privado de pensión, que devengue más de dos salarios mínimos le conviene más trasladarse de régimen. Pues en Colpensiones va a obtener un pensión de vejez más alta, pues esta es reconocida por el Estado y el pago de la pensión no depende del capital acumulado sino de las semanas cotizadas. Y los salarios cotizados en los últimos 10 años o durante toda la vida laboral.

Pero si un afiliado cotiza igual a un salario mínimo o máximo dos salarios mínimos, le conviene más quedarse en el régimen de ahorro individual para acceder a una garantía de pensión mínima cuando cumpla 57 años para las mujeres o 62 para los hombres y haya cotizado 1150 semanas. Tiene derecho a recibir la misma pensión que recibiría en Colpensiones pero con menos semanas.

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