Inicio / EL BONO PENSIONAL

EL BONO PENSIONAL

El bono pensional
septiembre 14, 2020

Tabla de contenido

Según lo establecido en el artículo 115 de la ley 100 de 1993, el bono pensional es el reconocimiento de los aportes realizados en un fondo (ISS, Cajas, etc), con el fin de contribuir a la acumulación del capital suficiente y necesario para financiar la pensión de los afiliados al sistema general de pensiones, teniendo derecho al reconocimiento de dicho bono, los afiliados que previo al ingreso al régimen de ahorro individual hubiesen realizado cotizaciones al ISS o a las cajas o fondos de previsión del sector publico, siempre y cuando se hubiesen cotizado mas de 150 semanas al momento del traslado, de lo contrario no tendrán derecho al bono.

Qué son los bonos pensionales

Los bonos pensionales son títulos valores que, representan el dinero y las semanas cotizadas de un afiliado al Seguro Social o Colpensiones. O demás cajas del sector público, o de entidades privadas que reconocen derechos pensionales; al momento del traslado al régimen de ahorro individual, estos bonos pensionales están destinados para reintegrarse en la cuenta de ahorro individual del afiliado; y así financiar su pensión en el régimen de ahorro individual.

Los bonos pensionales hacen parte de los rendimientos financieros de la cuenta de ahorro individual del afiliado. Y serán reintegrados al momentos de reclamar la pensión, o para solicitar la devolución de saldos cuándo el afiliado no alcanza con los requisitos para obtener la pensión de vejez. Este bono se integra al capital acumulado del afiliado en su cuenta de ahorro individual para financiar la prestación que se pretende obtener.

Quienes tienen derecho

Tienen derecho las personas que hayan cotizado mínimo 150 semanas en el régimen de prima media; o que hayan cotizado a otras entidades del sector público o privado que reconozcan derechos pensionales.

Además, tendrán derecho al bono aquellos servidores públicos que estuviesen vinculados al Estado o alguna de sus entidades descentralizadas; o que estén vinculados por contrato de trabajo a empresas o cajas del sector privado que tengan a su cargo el reconocimiento y pago de las pensiones de sus empleados.

Cuáles son los tipos de bono pensional

También la ley 100 de 1993, en su articulo 118 enuncia las diversas clases de bonos pensionales que existen, entre los cuales tenemos:

  1. Emitidos por la Nación
  2. Bonos expedidos por cajas; entidades o fondos del sector publico que no sea sustituidos por el fondo de pensiones publicas. Y cuya denominación de bono se complementara con el nombre de la entidad emisora
  3. Bonos expedidos por empresas privadas o publicas, o cajas privadas que hayan asumido a su cargo el reconocimiento de las pensiones.
  4. Además existen dos tipos de bonos adicionales, que son:
    Tipo A (bonos pensionales). Designación dada a los bonos regulados por el Decreto-Ley 1299 de 1994. Que se expiden a aquellas personas que se trasladen al régimen de ahorro individual con solidaridad.
    Tipo B (bonos pensionales). Designación dada a los bonos regulados por el Decreto-Ley 1314 de 1994. Que se expiden a servidores públicos que se trasladen al ISS en o después de la fecha de entrada en vigencia del sistema general de pensiones.

Deberán ser emitidos por la ultima entidad administradora de fondos pensionales a la cual pertenecía el afiliado antes de entrar al régimen de ahorro individual con solidaridad. Y siempre y cuando dicho tiempo de cotización, continuo o no, sea igual o superior a 5 años. Si se demuestras que en esta ultima entidad a la que el afiliado perteneció antes de ingresar al régimen de ahorro individual con solidaridad. Cotizó menos de 5 años, será el fondo en que mas tiempo de cotización haya tenido quien será el encargado de expedirlo.

Cómo saber si tengo derecho al bono pensional

Para saber si tienes derecho debes consultar tu historia laboral para acreditar que hayas cotizado 150 semanas en el régimen de prima media con anterioridad del traslado al régimen de ahorro individual. Solo basta con demostrar las semanas cotizadas para tener derecho al bono pensional. Una vez cumplas con este requisito, puedes solicitarlo ante el fondo de pensiones; y ellos se encargarán del trámite ante la oficina de expedición de bonos pensionales de la entidad encargada de emitir el bono pensional.

Recuerda que para que el bono pensional sea emitido y se haga efectivo; sebes hacerlo exigible al momento de solicitar una prestación económica ante el fondo; ya sea una pensión, o por la devolución de saldos. El bono pensional se integra a la cuenta de ahorro individual del afiliado, aumentando el capital acumulado para financiar la pensión; o la cantidad de dinero que se va a recibir por la devolución de saldos.

Cómo puedo reclamar el bono pensional

Si pretendes obtener una prestación económica ante un fondo privado de pensiones y tienes derecho al bono pensional. Debes solicitar el bono ante la oficina de expedición de bonos pensionales, para que esta lo emita y así hacerlo exigible.

Debes aportar la historia laboral sin ninguna inconsistencia, debes firmar una autorización de emisión, adjuntar fotocopia del documento de identidad. Además de realizar una solicitud ante el fondo de pensiones, reclamando el bono pensional. Anexas toda la documentación y el fondo realiza el trámite ante la oficina de bonos pensionales quienes serán los encargados de emitirlo.

Cómo podemos ayudarte

Si estás afiliado al régimen de ahorro individual, y has cotizado mínimo 150 semanas en el régimen de prima media. O en otras entidades del sector público o privado que reconozcan derechos pensionales antes del traslado al fondo privado. Tienes derecho a reclamar el bono pensional para aumentar el capital en tu cuenta de ahorro individual. Ya sea por pensión o por devolución de saldos puedes hacer exigible el bono pensional.

Si tienes derecho al bono pensional puedes contactarnos y nosotros te ayudamos a reclamarlo; te ayudamos a mirar en la historia laboral que hayas cotizado las 150 semanas antes del traslado al fondo de privado. Realizamos la solicitud al fondo de pensiones y adelantamos todo el proceso para que se te reconozca el bono pensional y este sea emitido por la oficina de expedición de bonos pensionales.

Artículos de interés

PENSIÓN DE VEJEZ

EL AUXILIO FUNERARIO

PENSIÓN FAMILIAR EN COLPENSIONES

PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN COLOMBIA

CÓMO RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA EN COLPENSIONES

NULIDAD E INEFICACIA DEL TRASLADO DE PENSIONES AL FONDO

También te puede interesar
Déjanos un comentario
Suscribirse
Notificar a
7 Comentarios
Nuevos
Viejos
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
antonio jose toro restrepo
2 Años Pasado

bogota 20 de agosto de 2021 en 2 meses cumplo 62 años tengo 860 semanas confirmadas tengo un bono por 73 millones y un ahorro de 24 millones en porvenir es verdad que me obligan a pensionarme con el capital que tengo en total 100 millones y 860 semanas el bono ya fue emitido

Bladimir López maldonado
2 Años Pasado

Dr muy buenas tardes nesecito comunicarme con usted para sobre el bono pensional en porvenir

Abogados pensiones medellín
3 Años Pasado
Responder a  Juan manuel diaz

Juan Manuel Diaz, buenas tardes, puedes ir a nuestra oficina en la calla 50 #64c-53, al lado de la sede centroccidente de Colpensiones en Medellín y te ayudamos con todo el trámite, efectivamente tienes derecho a la emisión del bono pensional, y podemos realizar la solicitud para que sea integrado a tu cuenta de ahorro individual y miramos si es suficiente para financiar la pensión, o si podemos solicitar la devolución de saldos.

Juan manuel diaz
3 Años Pasado

Buenas tardes yo estuve afiliado al seguro social desde el año 1987 hasta el año 1993 cotizando aproximadamente 300 semana me gustaria y a la oficina y para que por favor me ayuden a mirar como es la liquidación del bono para mirar si tengo el capital suficiente para pensionarme o si no para que me ayuden hacer el trámite de devolución de aportes

María Gonzalez
4 Años Pasado

Buenas noches. El 14 de octubre de 2018 cumpli 57 años de edad. Estoy reclamando devolución de fondos en porvenir. Tengo 177 semanas cotizadas en RPM. Reclamo bono pensional. El valor del bono es de $ 10.900.565 PERO EN 14 DE OCTUBRE DE 2021. Que me lo devuelven después que cumpla 60 años.
Esto es legal? Ya tengo 57 años y se supone que puedo reclamar devolución de aportes porque no tengo ni semanas ni monto suficiente para presionarme.
ES ASÍ ?
Gracias por su respuesta

rosa
6 Años Pasado

hola buenas tardes, en colfondos tengo un bono pensional mas lo ahorrado de pensiones da mas o menos 18 millones de pesos, fui a retirarlos ya que tengo 60 años y no cumplí con las semanas para pensión. Allí me dijeron que podía retirarlo ya, y me darían los 18 millones o que podía esperar hasta los 63 años y ellos me darían mas o menos 53 millones de pesos, por la rentabilidad y los intereses algo así, quiero saber si es verdad o solo quieren que deje mi dinero mas tiempo para ellos sacar provecho… gracias

Manuel Medina
6 Años Pasado

Soy beneficiario de un bono pensional tipo A por traslado del ISS a PORVENIR S.A. desde el 01/08/98.
me quieren liquidar el bono de acuerdo a la normatividad decreto 3798/03. Mi bono tiene fecha de pago y emision 04/04/2014. Me pueden asesorar ante un proceso laboral?
Por favor espero respuesta