Tabla de contenidos
- 1 NUMERO DE SEMANAS QUE SE DEBEN COTIZAR PARA PENSIONARSE EN COLOMBIA
- 1.1 Qué son las semanas de cotización (Número de semanas que se deben cotizar)
- 1.2 Cómo saber cuántas semanas tengo cotizadas (Número de semanas que se deben cotizar)
- 1.3 Qué pasa con las semanas cotizadas antes de la ley 100 de 1993 (Número de semanas que se deben cotizar)
- 1.4 Requisitos en los diferentes regímenes anteriores (Número de semanas que se deben cotizar)
- 1.5 Requisitos según la ley 100 de 1993
- 1.6 Cuántas semanas cotizadas necesito para los otros tipos de pensión
- 1.7 Conclusión
- 1.8 Cómo podemos ayudarte
- 1.9 Artículos de interés
NUMERO DE SEMANAS QUE SE DEBEN COTIZAR PARA PENSIONARSE EN COLOMBIA
El número de semanas que deben ser cotizadas en Colombia para que una personas tenga derecho a una pensión varía según la ley que cobija a la persona y el tipo de pensión que se pretenda obtener. En este artículo te contamos el mínimo de semanas requeridas para pensionarse según los diferentes regímenes de pensión. en este artículo le contamos sobre el número de semanas que se deben cotizar.
Qué son las semanas de cotización (Número de semanas que se deben cotizar)
Las semanas de cotizadas de un afiliado son los aportes realizados durante toda la vida laboral, los cuales se ven reflejados en un documento llamado historia laboral. Estas semanas constituyen un requisitos esencial para obtener cualquier tipo de pensión en el régimen de prima media y régimen individual; pues para obtener cualquier tipo de pensión se debe tener un mínimo de semanas cotizadas, y cambia dependiendo de la pensión que se pretende obtener.
Es por esto que se deben tener claras las semanas cotizadas durante la vida laboral del afiliado para causar determinado tipo de pensión.
Cómo saber cuántas semanas tengo cotizadas (Número de semanas que se deben cotizar)
Para saber el número de semanas que tienes cotizadas, debes estar revisando la historia laboral; pues es allí donde se refleja el número de semanas cotizadas y los periodos de tiempo laborados; que te permiten saber si ya tienes derecho a la pensión. Es por esto que es importante estar revisando la historia laboral, sobre todo cuando se acerca la edad para obtener la pensión de vejez; y así saber cuantas semanas se han cotizado y cuantas faltan para causar el derecho a la pensión.
Para consultar tu historia laboral de Colpensiones, puedes acudir a una de las sedes de Colpensiones; y allí un funcionario te ayuda expidiendo tu historia laboral, pero también lo puedes hacer por Internet ingresando a través del siguiente enlace https://sede.colpensiones.gov.co/login.
Qué pasa con las semanas cotizadas antes de la ley 100 de 1993 (Número de semanas que se deben cotizar)
El régimen de transición es una figura establecida en la ley 100 de 1993; para aquellas personas que habían alcanzado un mínimo de semanas cotizadas bajo el régimen anterior a la ley 100, en el cual estaban afiliados. Este régimen de transición está establecido en el artículo 36 de la ley 100 de 1993 y se busca proteger las expectativas legítimas de los afiliados; que estaban próximos a pensionarse en el momento de entrada en vigencia de la ley 100 de 1993; es por esto que si cumplen los requisitos establecidos en la ley podrán ser beneficiarios de este régimen; y pensionarse bajo el régimen anterior en el que se encontraban afiliados para la entrada en vigencia de la ley 100.
El artículo 36 de la ley 100 1993 establece que para ser beneficiario del régimen de transición; se requiere 35 años de edad para las mujeres y 40 años para los hombres; o más de 15 años de servicios cotizados, para estos casos les será aplicable el régimen anterior en el cual se encuentran afiliados.
Requisitos en los diferentes regímenes anteriores (Número de semanas que se deben cotizar)
Para los beneficiarios del régimen de transición el número de semanas cotizadas necesarias serán las estipuladas en el acuerdo 049 de 1990; la Ley 33 de 1985 o la Ley 71 de 1988. Para las personas que no son beneficiarias del régimen de transición; el número de semanas cotizadas serán las estipuladas en la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 del 2003.
Veamos el número de semanas cotizadas exigidas por cada una de estas normas:
- Acuerdo 049 de 1990: Exige 1000 semanas de cotización o 500 semanas de cotización en los últimos 20 años de la persona. Es decir, en el caso de las mujeres, las 500 semanas deben ser cotizadas entre los 35 y 55 años de edad; en el caso de los hombres estas 500 semanas deben estar cotizadas entre los 40 y 60 años de edad.
- Ley 33 de 1985: Esta ley exige 20 años de servicios continuos o discontinuos en entidades públicas. En cuanto a la edad son 55 años tanto para los hombres como para las mujeres.
- Ley 71 de 1988: Esta ley suma semanas de cotización en el sector público y en el sector privado. Son necesarias 1029 semanas cotizadas o el tiempo equivalente en servicios prestados. La edad son 55 años para las mujeres y 60 años para los hombres.
Requisitos según la ley 100 de 1993
Las personas que no alcanzaron a ser beneficiarias del régimen de transición o perdieron este beneficio por alguna razón; se deberán ya pensionar conforme a los requisitos estipulados por la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 del 2003. Las semanas cotizadas exigidas por esta Ley serán las siguientes:
Esta Ley exigía para el año 2004 un total de 1000 semanas cotizadas en el sector público y en el sector privado; para el año 2005 ya exigía 1050 semanas de cotización; del año 2005 en adelante aumentan 25 semanas hasta el año 2015. Según lo anterior, tenemos que para el año 2014 son exigidas 1275 semanas y a partir del año 2015 son exigidas 1300 semanas cotizadas. Además, de las semanas cotizadas, hoy en día para obtener la pensión de vejez ante Colpensiones; se requiere cumplir 57 de años de edad para las mujeres y 62 años para los hombres.
Cuántas semanas cotizadas necesito para los otros tipos de pensión
Ya vimos que para obtener la pensión de vejez ante Colpensiones; hoy en día se requiere haber cotizado un mínimo de 1300 semanas; y haber cumplido 57 años de edad para las mujeres y 62 años para los hombres, sin embargo; la ley 100 de 1993 también contempla las pensiones de invalidez y sobrevivientes que también requieren de un mínimo de semanas para causar este derecho.
Para la pensión de invalidez se requiere haber cotizado un mínimo de 50 semanas en los últimos tres años; anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez y esta invalidez debe ser superior al 50% de pérdida de capacidad laboral.
Finalmente para la pensión de sobrevivientes, si quien fallece es el afiliado al sistema general de pensiones; para dejar causado el derecho de la pensión de sobrevivientes a sus beneficiarios; se requiere que haya cotizado mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores al fallecimiento del causante.
Conclusión
Para concluir podemos decir que las semanas cotización, son un requisito esencial para acceder a cualquier tipo de pensión; independientemente del régimen y la normativa aplicable, estas semanas son el equivalente en dinero de los aportes realizados al sistema general de pensiones; y serán tenidas en cuenta para calcular el monto de la pensión que se va a reclamar.
Todas las semanas cotizadas están registradas en la historia laboral del afiliado; que puede ser consultada a través de Internet en el siguiente enlace: https://sede.colpensiones.gov.co/login Es importante estar consultando la historia laboral por si hay inconsistencias corregirlas; y saber el número de semanas cotizadas para obtener el derecho a la pensión.
Cómo podemos ayudarte
Si crees que tienes derecho a alguna pensión; te podemos ayudar en todo el trámite desde la solicitud de la pensión hasta el reconocimiento y pago de la misma, consultamos tu historia laboral para saber cuantas semanas tienes cotizadas y si se ha causado un derecho pensional. Si tienes derecho a la pensión nosotros realizamos todo el trámite de reconocimiento y pago de la pensión
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BUENAS ACTUALMENTE TENGO 206 SEMANAS COTIZADAS Y TENGO 64 AÑOS, PUEDO OBTENER ALGUNA PENSION POR ESTE TIEMPO
Buenas tardes.
Mi caso es el siguiente:
Mí madre fallecio el día 15 de mayo del 2020, tengo a la fecha 39 años, por cuestiones de limitacion visual (desconozco el porcentaje de esta limitación física) me es casi imposible conseguír empleo o mantenerme en uno una vez se percatan de mí limitación visual. ¿tengo derecho a solicitar en herencia la pensión de mi madre o parte de esta? De ser esto factible que trámites debo realizar?.
Gracias por su tiempo y atención a mí consulta.
Buenos días Alirio, si ya tienes las 1300 semanas y 62 años de edad no habría ningún problema, simplemente solicitas la pensión de vejez, pues ya cumples con los requisitos para obtener la pensión, sin embargo, si ya tienes las 1300 semanas y aún no cumples con la edad, debes esperar a cumplir los 62 años, y la recomendación es que sigas cotizando hasta que cumplas la edad para la pensión, pues es importante que tengas cotizaciones en los últimos años por si se causa una pensión de invalidez o de sobrevivientes, además por semanas adicionales significa un aumento en el monto de la pensión a recibir.
Buenos día Alfonso, para tu caso debes esperar a cumplir la edad, si bien ya tienes las semanas te falta el otro requisito para la pensión de vejez que es la edad, las semanas adicionales que tengas cotizadas serán tenidas en cuenta para aumentar el monto de la pensión. Una vez cumplas con la edad puedes realizar la solicitud para la pensión de vejez. Puedes contactarnos cuando cumplas con la edad y te ayudamos a reclamar tu pensión y realizamos todo el trámite para el reconocimiento y pago de la pensión, te ayudamos a conseguir toda la documentación y realizamos la solicitud ante el fondo de pensiones.
Quiero saber algo si yo teniendo 1300 semanas tengo que seguir cotizando obligatoriamente
Quiero saber si puedo pagar salud y ya
Espero su respuesta gracias
Buenas tardes para el momento tengo cotizadas 1.430 semanas a Colpensiones y me falta un año para cumplir la edad (62) podría realizar en este momento la solicitud de pensión ? O tengo q esperar la edad. Y qué requisitos necesito para realizar la solicitud?
Buenos días, soy un hombre de 59 años tengo en mi historia laboral cerca de 1900 semanas, las cuales e cotizado en los últimos 25 años en una entidad publica y sigo trabajando, el resto del tiempo a sido en empresa privada, como podrá verse no tenia 40 años al momento de entrar la ley 100 para régimen de transición, aunque si podría tener las 750 semanas, pero al parecer mi empleados no pagaron el periodo 1982 a 1986 o en el seguro se perdió ese tiempo, no tengo documentos que acrediten el pago ya que en colpensiones no aparece ese tiempo.
tengo problemas coronarios de control estricto
Bien la pregunta es a que edad me puedo pensionar, con 60 ley 100 o con 62 años ley 797 ?
Ustedes me podría representar ?
Gracias
EN DICIEMBRE 3 DE 2003 TUVE UN ACCIDENTE DE TRANSITO DONDE FUE AFECTADA MI PIERNA IZQUIERDA, EN LA RODILLA, QUEDANDO CON UNA ARTROSIS, Y EL ISS POR MEDIO DE SUS ESPECIALISTAS ME DIERON UNA INCAPACIDAD DE 240 DÍAS, Y NO ME DIERON NINGUNA INDEMNIZACIÓN, NI ME PENSIONARON, PORQUE SEGÚN EL ISS, NO QUEDE CON UNA DISCAPACIDAD DE MAS DEL 50 POR .
Y EN SU MOMENTO NO TUVE LOS RECURSOS PARA HACERME EVALUAR POR LA JUNTA MEDICA DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, MAS EXACTAMENTE EN LA CIUDAD DE CARTAGENA LUGAR DONDE RESIDÍA EN SU MOMENTO.
ACTUALMENTE TENGO MOLESTIAS, DOLOR, CALAMBRES EN MI PIERNA IZQUIERDA, DEBIDO AL DESGASTE PROGRESIVO DE LA LESIÓN, A DEMÁS MI RODILLA DERECHA TAMBIÉN ESTA MOLESTANDO DEBIDO AL MAYOR APOYO QUE ESTA TIENE DEBIDO A LA LESIÓN DE LA PIERNA IZQUIERDA.
MI PREGUNTA ES QUE DEBO HACER PARA QUE COL-PENSIONES ME ADELANTE LA PENSIÓN DEBIDO A MI ESTADO DE SALUD, DEGRADA BLE DEBIDO A LA LESIÓN DE ENTONCES.
MI EDAD ES 56 AÑOS Y SEMANAS COTIZADAS DE 1156, TENGO HISTORIA CLÍNICA Y RADIOGRAFÍAS DE LA LESIÓN DESDE EL DÍA DEL ACCIDENTE HASTA EL MOMENTO QUE ME DIJERON EL DIAGNOSTICO FINAL.
buenas tardes …tengo 57 años de edad y 1039 semanas cotizadas ..a los cuantos años de edad me puedo pencionar y con cuantas semanas .O puedo lleger algun arreglo con colpenciones en vista que por mi edad no mwe dan trabajo y me es imposible seguir cotizando.empese a cotizar en el iss en el año de 1978 ,aunque no han sido continuos.les agradesco cualquier informacion.
Hola discúlpenles que yo moleste,quisiera saber que debo hacer para intentar tramitar su la pensión
Ce
Yo Luis beltran Morales tengo una enfermedad castrofica pero tengo cuatrocientas semanas cotizadas sin contar las del servicio militar que puedo hacer
POR FAVOR ENVIARME UNA CERTIFICACIÓN DE LAS SEMANAS COTIZADAS ASTA 5 DE OCTUBRE DE 2015
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