Pago a herederos en Colpensiones; es aquel que se reconoce a los herederos legales de un fallecido que se encontrara afiliado al fondo de pensiones; es de aclarar que los herederos son diferentes de los beneficiarios establecidos en el artículo 47 de la ley 100 de 1993.
Dicho pago a herederos en Colpensiones se da cuando el afiliado se encontraba inmerso en los tramites pertinentes en busca del reconocimiento de una pensión de vejez; pero de la cual una vez reconocida con su respectivo retroactivo; no pudo disfrutar por su fallecimiento.
Pago a herederos en colpensiones como reclamar
En este evento; como se encontraban reconocidas unas sumas de dinero por concepto de retroactivo de la pensión de vejez del afiliado fallecido, y dichos dineros ya se encontraban dentro del patrimonio del afiliado; aunque no tenga beneficiarios para la pensión de sobreviviente; sus herederos legales podrán reclamar el pago de esos dineros reconocidos como retroactivo de la pensión de vejez.
Eventos
- Quien puede reclamar el pago a herederos en Colpensiones son los hijos del afiliado que tengan más de 25 años y que; aunque no cumplen el requisito para acceder a una pensión de sobreviviente; si tendrán derecho a heredar de su padre o madre todos los activos que se encontraran a su nombre, dentro de los cuales se puede llegar a encontrar los dineros objeto del reconocimiento del retroactivo pensional de vejez que no haya alcanzado a recibir y disfrutar dicho pensionado.
- Otro de los eventos en que se puede solicitar el pago a herederos en Colpensiones; es con ocasión al fallecimiento de un pensionado días después de haber recibido el pago de su mesada pensional. En este evento, los herederos legales podrán solicitar el pago a herederos en Colpensiones de lo que corresponda a los días posteriores al pago de la ultima mesada, toda vez que este dinero ya hacia parte del patrimonio del pensionado, así aun no lo haya podido disfrutar.
Ejemplo
Un ejemplo mas exacto de lo anterior es el pensionado que recibió su ultima mesada pensional el 15 del mes de junio, y para el 5 del mes de julio, es decir, 10 días antes de recibir nuevamente la mesada pensional, fallece. Sus herederos legales podrán solicitar a Colpensiones que les realice el pago de lo correspondiente a los 20 días posteriores al pago de la ultima mesada al pensionado, pues dicho dinero ya hacia parte de su patrimonio así no hubiese llegado aun a la fecha del pago de la misma ni al disfrute efectivo de dicho dinero.
Para solicitar el pago a herederos en Colpensiones, el solicitante debe acreditar el parentesco que tiene con el pensionado, el cual se hace por medio del registro civil de nacimiento del heredero, y el registro civil de defunción del pensionado.
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pueden los hijos del afiliado fallecido a colpensiones, mayores de edad solicitar devolución de saldos.
Hola muy buenas tardes quisiera saber si en Colpensiones me podrían devolver los aportes que no fueron pagados en vida a mi papá que se encontraba pensionado por vejez los últimos dos meses antes de su fallecimiento no fueron cobradas esas mentadas yo podría solicitar que me devuelvan ese dinero o eso se pierde ya muchas gracias
Hola cómo puedo realizar la solicitud de pago a herederos de mi madre fallecida sabiendo que por su grave enfermedad en vida no pudo realizar los cobros de su pensión por invalidez los últimos 5 meses anteriores a su fallecimiento , y cual de mis hermanos puede hacer la solicitud y que requisitos necesitamos para reclamar esa plata ?
Como hago una reclamación por la demora de un pago a herederos llevo 6 meses en espera.
Gracias
un familiar falleció y alcanzo aportar 738 semanas, a col pensiones, ese dinero lo devuelven a los herederos, (régimen subsidiado), a cuanto ascenderia ?
Buenos dias cuánto tarda el trámite para pago de herederos ya llevo 8 meses esperando y nada además tenemos una sentencia a favor de nosotros de mi padre que ya falleció estamos solicitando que nos paguen a nostros como herederos y no nos dan respuesta Que tengo que hacer
quisiera saber si tengo derecho al pago a herederos por el fallecimiento de mi padre elias peña garavito c.c. 134339. fallecio el 25 de noviembre de 2016.
Un hermano único sobreviviente heredero puede reclamar devolución de semanas pasadas en pensionado fallecido sin beneficiarios?
Sí fallece el pensionado y la esposa también se puede seguír cobrando pensión
Mi padre falleció el 5 de enero mi madre hace 3 meses todos somos hijos mayores de 18 años
mi señor padre fallecio en el 2005 quiciera saber como hago para saber si quedo algun saldo a fabor el era pencionado del ministerio de obras publicas y recivia la pencion por medio de cajanal mi correo es nelsonsuescun@hotmail.com gracias