Pago a herederos en fondo privado consiste en las mesadas pagadas y no cobradas antes del fallecimiento de un pensionado, ya sea de una pensión de vejez, invalidez, sobreviviente.
El pago a herederos en fondo privado se reclama cuando fallece un pensionado y no hay nadie más que cause este derecho a dicha pensión, este pago a herederos lo pueden solicitar los cónyuges o compañeros permanentes, hijos, padres, hermanos.
Para solicitar el pago a herederos en fondo privado los documentos requeridos son:
- Registro civil de defunción del pensionado fallecido.
- Poder de los herederos, a uno solo, para que este realice el cobro-
- Copias de la cédula de ciudadanía de los herederos.
- Declaración extra proceso, donde conste que son los únicos herederos del pensionado fallecido.
- Registro civil de nacimiento de los herederos del fallecido, para acreditar parentesco.
Cuando el pago a herederos en fondo privado corresponde a un valor igual o mayor a 66 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se debe adicionalmente, anexar sentencia ejecutoriada de juicio de sucesión o escritura pública elevada ante Notario.
El tiempo de respuesta para el trámite de pago a herederos en fondo privado es hasta 4 meses a partir de la radicación de la petición con todos los documentos correspondientes.
En este evento, como se encontraban reconocidas unas sumas de dinero por concepto de retroactivo de la pensión de vejez del afiliado fallecido, y dichos dineros ya se encontraban dentro del patrimonio del afiliado, aunque no tenga beneficiarios para la pensión de sobreviviente, sus herederos legales podrán reclamar el pago de esos dineros reconocidos como retroactivo de la pensión de vejez.
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Buenas tardes Yo quisiera averiguar porque mi hermano era pensionado de porvenir y él falleció en el mes de junio a mitad del mes y el por cuestiones de salud no alcanzó a cobrar la mesada de mayo ni la de junio Además de que él era pensionado desde el año 2009 entonces quisiéramos saber cómo podemos hacer para reclamar los dos meses que le adeuda por venir y también para reclamar la mesada 14 O sea la prima de junio a la que al momento de fallecer el ya la había dejado causada gracias