Pago de aportes empleador en mora, el incumplimiento de la afiliación de los trabajadores por parte de su empleador, trae como consecuencia que el empleador debe responder por las prestaciones asistenciales y económicas que se llegaren a causar, reconociéndolas en las mismas condiciones que las entidades administradoras en el evento de haber tenido a sus trabajadores afiliados.
Pago de aportes empleador en mora
Es obligación de todo empleador vincular a sus empleados a la seguridad social entre ellos a pensiones, durante la vigencia de la relación laboral y del contrato de prestación de servicios, realizar las cotizaciones al fondo de pensiones con base en el salario devengado.
Pago de aportes empleador en mora, cuando el empleador no realiza los aportes a pensión, ya sea porque no afilió al trabajador, o lo afilió y nunca pagó los aportes, o los pagó tarde, llegado el momento en que el empleado cumpla con los requisitos de pensión y no le aparezcan en su historia laboral el tiempo laborado con diferentes empleadores el responsable de pagar este tiempo será el empleador por no haber afiliado al trabajador como se lo ordena la ley. Este será quien deba asumir el pago de la pensión en el momento en que el trabajador pruebe el derecho a tenerla.
El pago de aportes empleador en mora, cambia la responsabilidad de este cuando el trabajador sí ha sido afiliado pero los aportes nunca se hicieron o se hicieron extemporáneamente. En este caso, la responsabilidad de la pensión puede ser del empleador o del fondo de pensión, dependiendo de si el fondo de pensión hizo las gestiones necesarias para lograr el pago de los aportes.
¿QUE SE PUEDE HACER CUANDO NO SE REALIZAN LOS APORTES A PENSIÓN?
Cuando el empleador por omisión no hubiere afiliado a su trabajador a la seguridad social y con el objeto de subsanar esta situación debe solicitar el cálculo actuarial Colpensiones que sería la entidad a la que no se realizó el pago oportunamente de cotizaciones a pensión, luego de solicitar el cálculo de los periodos que no fueron pagados Colpensiones emite recibo de pago por el valor que debe pagar el empleador, luego de realizar dicho pago se debe reportar a Colpensiones para que aparezca este tiempo en la historia laboral del empleado.
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