La pensión de invalidez por aneurisma cerebral es aquella que se reconoce a las personas que presentan este tipo de padecimientos neurológicos y que le constituya un déficit para realizar sus actividades laborales diarias.
Cómo obtener la pensión
Al momento de alegar un reconocimiento de dicha pensión; se debe tener un diagnostico emitido por el especialista tratante de la enfermedad en el que se diga que dicho pronóstico de recuperación es desfavorable; es decir, que aunque se intenten tratamientos la enfermedad se podrá tratar pero no curar de manera definitiva.
Con el concepto médico del especialista en el que se diga que la recuperación es desfavorable; se puede dar inicio al trámite de pensión de invalidez por aneurisma cerebral; para lo cual se necesitara además la historia clínica del tratamiento por parte del especialista que se le hubiesen realizado; el certificado de las incapacidades causadas y pagadas (si se hubiesen pagado) y las lecturas de los exámenes que le hayan realizado.
Con la documentación anterior, anexa a la orden emitida por el fondo para la cita de calificación; se deberá acudir al medico laboral de la administradora de fondos pensionales a la que pertenezca el afiliado quien le hará la valoración; y posteriormente emitirá el dictamen de perdida de capacidad laboral, el cual, en caso de ser superior al 50%; dará lugar a iniciar con el tramite de pensión de invalidez por aneurisma cerebral.
Que otro requisito se debe acreditar
Además de la calificación de pérdida de capacidad laboral; para poder que haya lugar a una pensión de invalidez por aneurisma cerebral; se debe acreditar por parte del afiliado un mínimo de cincuenta semanas cotizadas dentro de los tres años; inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez; la cual será estipulada en el dictamen de pérdida de capacidad laboral y que obedece al momento estimado en que inicio el padecimiento de la enfermedad vascular denominada aneurisma.
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