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PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES POR ESPOSA

Pensión de sobrevivientes por esposa
octubre 7, 2016

Tabla de contenido

La pensión de sobrevivientes por esposa, es un derecho que se puede reclamar ante el fondo de pensiones; cuándo fallece un afiliado o un pensionado, se deberá acreditar la convivencia y la dependencia económica.

Cómo se reclama la pensión de sobrevivientes por esposa

El afiliado debía tener cotizadas; 50 semanas en los últimos tres años anteriores al fallecimiento; demostrando la dependencia económica y el parentesco; con el registro de matrimonio, la pensión de sobrevivientes por esposa puede ser vitalicia cuando al momento del fallecimiento del afiliado o pensionado ya la esposa contaba con 30 años o más; y puede ser temporal cuando al momento del fallecimiento del afiliado o pensionado la esposa contaba con menos de 30 años; y no había procreado hijos con el afiliado o pensionado.

La esposa que se haya dejado con su esposo y no se divorció legalmente simplemente dejaron de convivir juntos también puede solicitar la pensión de sobrevivientes; en el caso de que haya una compañera permanente; y que se cumpla con los requisitos para también reclamar dicha pensión esta será reconocida para las dos proporcional al tiempo de convivencia.

El monto mensual será igual al 100% de la pensión que disfrutaba el causante si ya era pensionado en caso que no será igual al 45% del ingreso base de liquidación más 2% de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas adicionales de cotización a las primeras quinientas (500) semanas de cotización; sin que exceda el 75% del ingreso base de liquidación.

Cuando no se tiene derecho a la pensión de sobrevivientes por esposa también se puede solicitar la devolución de los dineros que el afiliado había cotizado al fondo de pensiones; aportando los mismos documentos que se requieren para la solicitud de pensión.

En cuánto tiempo da respuesta el fondo

El fondo de pensiones por lo general tiene dos meses para dar respuesta a la pensión de sobrevivientes después de radicada la solicitud; normalmente es reconocida desde la fecha del fallecimiento del afiliado.

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Daniel rojas
3 Años Pasado

Cómo están cordial saludo tengo aquí en mi casa y mi esposa falleció hace 20 días ella estaba cotizando yo era el compañero permanente estamos conviviendo hace 10 años dejó el martes una hija menor una niña de 7 años Quiero saber qué qué hacer Qué beneficios tenemos Qué derechos tenemos Qué requisitos necesitamos para poder hacer el trámite Muchas gracias