La pensión por fallecimiento de un pensionado; es aquella que se reconoce a los beneficiarios legales establecidos en la ley 100 de 1993 en su articulo 47; siempre y cuando cumplan con los requisitos de dependencia económica o de vinculo jurídico marital.
Pensión por fallecimiento de un pensionado, Proceso
Para que sea reconocida la pensión por fallecimiento ; quien se considere con derecho a reclamar; deberá realizar la solicitud ante la administradora de fondos pensionales que hubiese pensionado al fallecido; donde aportara los documentos que acrediten el vinculo que le da la calidad de beneficiario, y ante el cual demostraran la dependencia económica de ser necesario.
Dentro de los beneficiarios para solicitar el reconocimiento de la pensión por fallecimiento de un pensionado.
La ley 1090 de 1993 establece los siguientes:
- En forma vitalicia; el cónyuge, compañer@ permanente, siempre y cuando al momento del fallecimiento del pensionado tenga 30 años o mas, y deberá acreditar que hicieron vida marital por 5 años continuos con anterioridad a la muerte (en el caso de compañer@ permanente); o en cualquier tiempo en el caso de la cónyuge.
- También se reconocerá en forma temporal si el beneficiario cónyuge o compañer@ al momento del fallecimiento del pensionado tienen menos de 30 años y no tuvieron hijos con el difunto.
- Otros beneficiarios de la pensión por fallecimiento de un pensionado, serán los hijos de éste que fuesen menores de 18 años o los que siendo mayores de 18 y hasta los 25 años se encontraran estudiando y dependieran económicamente del pensionado.
- Es de anotar que estos hijos beneficiarios serán concurrentes con los cónyuges y compañer@s que tengan derecho y soliciten el reconocimiento.
- En caso que no se presente a reclamar ninguno de los beneficiarios antes descritos, podra solicitar el reconocimiento de la pension, los padres de éste que dependieran económicamente.
- Por ultimo, y a falta de todos los anteriores; podra solicitar reconocimiento de la pension por fallecimiento de un pensionado, los hermanos discapacitados que dependieran económicamente de él.
Es de anotar; que la pension por fallecimiento de un pensionado se le reconoce a los beneficiarios enumerados anteriormente; pero dicha lista no es taxativa, es decir; da la oportunidad de tener en cuenta a otros posibles beneficiarios.
Otros beneficiarios
- como lo son los hermanos incapacitados para trabajar por razones de tener una edad avanzada,
- Los nietos que dependieran de sus abuelos pensionados y que no tengan otro sustento económico.
Entre otros; toda vez que dicho reconocimiento se realiza con el fin de mantener las condiciones de vida que tenia el nucleo familiar del pensionado antes de morir; y no dejarlos en el desamparo.
ARTÍCULOS DE INTERES
QUIENES PUEDEN HEREDAR LA PENSION
PENSION POR MUERTE CON 50 SEMANAS COTIZADAS
PENSION DE INVALIDEZ CON 50 SEMANAS COTIZADAS
SUSTITUCION DE LA PENSION PARA LOS PADRES
NUMERO DE SEMANAS QUE SE DEBEN COTIZAR PARA PENSIONARSE
Podría solicitar pensión de sobrevivientes por mi compañero permanente quien falleció hace dos meses , teniendo en cuenta que ya se encontraba pensionado y no tenía hijos y yo siempre estuve pendiente de él por más de 6 años y convivíamos juntos por este mismo tiempo , cuáles son los requisitos que exige Colpensiones para poder acceder a esta pensión ??
[…] PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN PENSIONADO […]
[…] PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN PENSIONADO […]
[…] PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN PENSIONADO […]
Buena tarde señores abigados., soy victima de este conflicto armado mi esposo lo asesinaron hace 29 años era agente de policia nacional y eñhr reclamado por dos veces a la unidd de victimas y no me incluyen en el registro narrando que a los empleados publicos es al gobierno que se les reclama. Que me dicen al reapecto.