Tabla de contenidos
- 1 ¿Cómo pueden los padres ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes?
- 2 ¿La dependencia económica debe ser absoluta?
- 3 ¿Qué requisitos deben cumplir los padres como beneficiarios?
- 4 ¿Cuál es el monto de la pensión sobrevivientes para los padres?
- 5 ¿Qué documentos necesito para la pensión por muerte de un hijo
- 6 ¿Cómo podemos ayudarte?
- 7 ARTÍCULOS DE INTERES
Cuando fallece un hijo los padres tienen derecho a reclamar la pensión siempre y cuando dependieran económicamente del causante. Esta dependencia no debe de ser absoluta, basta solo con que el beneficiario demuestre que los aportes que realizaba el causante daban un apoyo para tener una vida más digna.
¿Cómo pueden los padres ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes?
Para tener derecho a una pensión por muerte de un hijo, el causante no debía tener ni cónyuge ni compañera ni hijos menores de 18 o hasta los 25 si estudian. Y siempre y cuando tuvieran 50 semanas en los últimos 3 años anteriores al fallecimiento o ser ya pensionado.
Cuando el causante ya era pensionado se llama sustitución pensional y solo se debe de acreditar la dependencia económica. Y la mesada de esta pensión reconocida equivaldría al valor que el pensionado venia disfrutando.
La pensión por muerte de un hijo se puede solicitar en cualquier fondo ya sea Colpensiones, Protección, Colfondos, Porvenir. Debe de ser reconocida, siempre y cuando se cumpla con los requisitos mencionados.
¿La dependencia económica debe ser absoluta?
Si bien la dependencia económica es un requisito fundamental para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. Independientemente del beneficiario, se debe demostrarse la dependencia económica. Sin embargo, hubo un tiempo en que los fondos de pensiones estaban negando la pensión de sobrevivientes para los padres del causante. Argumentando que no dependían de manera total y que devengaban otros ingresos para su sostenimiento.
La Corte Suprema de Justicia en su jurisprudencia ha establecido que la dependencia económica no tiene que ser absoluta y total. Basta con demostrar que el causante aportaba económica de forma constante, periódica y suficiente para el sostenimiento de sus padres. No se les puede negar que tengan otros ingresos adicionales para el su sostenimiento y calidad de vida
Los fondos de pensiones para reconocer la pensión por muerte de un hijo no pueden exigir la dependencia absoluta y total de los padres beneficiarios. Lo que se debe tener en cuenta es que con este ayuda o esta ayuda van a lograr tener una vida más digna.
Lo que se pretende con la pensión por muerte de un hijo es demostrar que el causante cubría total o parcialmente los gastos y mantenimiento de sus padres. Y que por culpa de este suceso no se podría ver afectados ni pasar necesidades que antes satisfacían con la ayuda de su hijo.
¿Qué requisitos deben cumplir los padres como beneficiarios?
Como hemos dicho anteriormente para que los padres sean beneficiarios de la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de un hijo. Se debe acreditar la dependencia económica con el causante , y que no hayan beneficiarios con mejor derecho. Como pueden ser los hijos menores o inválidos, o que se encuentren estudiando hasta los 25 años que dependan del causante. O como puede ser el cónyuge o compañero(a) permanente.
Una vez cumplidos estos requisitos los padres pueden solicitar la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de su hijo. Pero si el hijo que fallece estaba afiliado al sistema de pensiones, es decir que aún no estaba pensionado. Se debe acreditar que haya cotizado mínimo 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento.
Si quién fallece ya se encontraba pensionado, ya sea por invalidez o por vejez, no es necesario acreditar las 50 semanas con anterioridad al momento del fallecimiento. Pues ya se tenía la calidad de pensionado y no se encontraba cotizando al sistema para causar una pensión. Además los padres beneficiarios tendrán derecho a recibir la totalidad de la pensión que el causante se disfrutaba cuando se encontraba en vida.
¿Cuál es el monto de la pensión sobrevivientes para los padres?
El monto de la pensión de sobrevivientes, no depende del tipo de beneficiario. Este solo se calcula para cuando quien fallece es una afiliado al sistema de pensiones. Pues cuando fallece un pensionado el monto de la pensión de sobrevivientes, es igual al 100%. De la pensión que el hijo fallecido disfrutaba cuando se encontraba con vida.
Como hemos dicho anteriormente cuando fallece un afiliado se debe acreditar que haya cotizado mínimo 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento. Por lo tanto, el monto de la pensión de sobrevivientes por el fallecimiento de un afiliado será igual 45% del ingreso base de liquidación. Y se aumenta en un 2% de dicho ingreso por cada 50 semanas cotizadas adicionales a las primeras 500 semanas de cotización.
Sin embargo, en ningún caso la pensión de sobrevivientes podrá ser superior al 75%. Del ingreso base de liquidación, ni inferior a un salario mínimo mensual legal vigente.
¿Qué documentos necesito para la pensión por muerte de un hijo
Los padres deben realizar la solicitud ante el fondo de pensiones donde se encuentre afiliado y anexar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento de los padres solicitantes
- Copia del documento de identidad de los solicitantes
- Declaración extra proceso de dependencia económica con el causante
- Registro civil de defunción del causante
- Copia del documento de identidad del causante
Estos documentos se aplican igualmente para aquellos que se encontraban afiliados o pensionados en el régimen de ahorro individual. Administrado por los fondos privados, pues no hay una diferencia en cuanto a los requisitos para obtener la pensión de sobrevivientes entre ambos regímenes, funciona igual para ambos, es por esto que no importa si se encontraba afiliado en un fondo privado, igual se necesitan los mismos requisitos y el mismo trámite.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si dependías económicamente de tu hijo o hija, y no tenía otros beneficiarios como cónyuge o compañero(a) permanente, ni hijos menores de edad, o inválidos, o estudiando hasta los 25 años, y ha fallecido, puedes contactarnos para ayudarte a reclamar la pensión de sobrevivientes ante el fondo de pensiones donde se encontraba afiliado tu hijo, te ayudamos con todo el proceso de solicitud pensional y adelantamos todo el trámite hasta el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes.
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Buenos días lo que pasa es que mi hijo murió a la edad de 26 años y llevaba mas o menos 5 cotizando con la misma empresa al momento de fallecer el no tenía esposa ni compañera permanente y tampoco tenia hijos el era la persona que me daba todo economicante por que mi esposo falleció hace mas de 3 años y solo eramos el y yo entonces que documentación necesito y que puedo hacer para que me quede la pension de el