Tabla de contenidos
- 1 Que es
- 2 Fecha de estructuración – Porcentaje para pensión de invalidez
- 3 Quien califica la invalidez
- 4 Que otra alternativa tienen las personas que cumplan con el porcentaje para pensión de invalidez y no tengan las 50 semanas en los tres años anteriores a la fecha de estructuración
- 5 Artículos de interés
Sobre el porcentaje para la pensión de invalidez, podemos decir que este es necesario para poder otorgarle el reconocimiento de la pensión, en este articulo hablaremos sobre el porcentaje para pensión de invalidez.
Que es
Aquellas personas que han sufrido un accidente o enfermedad y esto les impida realizar sus actividades laborales cotidianas; y que por ende no tienen manera de obtener su propio sustento,
Dicho porcentaje para pensión de invalidez, para lograr un efectivo reconocimiento, debe ser del 50% en adelante; el cual sumado al cumplimiento del requisito de las semanas mínimas exigidas, es necesario para que sea reconocida una pensión de invalidez.
A parte del porcentaje, también es necesario acreditar un mínimo de semanas como antes se dijo; las cuales deben ser 50 dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez; siendo dicha fecha de estructuración el momento aproximado en el cual el afiliado comenzó a sufrir el padecimiento que dio lugar a la invalidez.
Fecha de estructuración – Porcentaje para pensión de invalidez
La fecha de estructuración de la invalidez se dictamina por el medico laboral que realiza la valoración de perdida de capacidad laboral; y la consigna en el mismo documento donde aparece el porcentaje para pensión de invalidez; y es a partir de esa fecha que se deben acreditar las semanas referidas en el párrafo anterior.
En los eventos que un afiliado acredite el porcentaje para pensión de invalidez; pero no acredite las 50 semanas cotizadas en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración; tendrá derecho a que se le reconozca una Indemnización sustitutiva de la pensión de invalidez; la cual consiste en el pago de los dineros aportados al sistema general de pensiones.
Quien califica la invalidez
Estas calificaciones están a a cargo de un comité interdisciplinario, el cual se encuentra conformado por un grupo de médicos; también en la Junta Regional de Calificación de invalidez y cuando no se esta conforme con el dictamen se puede acudir a la Junta Nacional; que también esta encargada de la valoración d pérdida de capacidad laboral.
Que otra alternativa tienen las personas que cumplan con el porcentaje para pensión de invalidez y no tengan las 50 semanas en los tres años anteriores a la fecha de estructuración
A parte de la indemnización sustitutiva de la pensión de invalidez; quienes acrediten el porcentaje para pensión de invalidez exigido; (esto es, un 50% o mas), las personas que acrediten el mínimo de semanas requeridas para obtener una pensión de vejez; podrán ser beneficiarias del reconocimiento de pensión de invalidez.
Dicho de otra manera, quienes posean el porcentaje para pensión de invalidez, y no logren acreditar el mínimo de 50 semanas en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración; pero a la vez posean las 1300 semanas cotizadas requeridas para acceder a una pensión de vejez; según lo establecido por la ley 100 de 1993, podrán solicitar ante la administradora de fondos de pensiones a la que pertenezca; el reconocimiento de una pensión de invalidez, la cual se le deberá otorgar en los mismos términos y montos.
Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez; solo requerirá que haya cotizado 25 semanas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración.
Los menores de 20 años de edad solo deberán acreditar que han cotizado 26 semanas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración.
Artículos de interés
QUIENES TIENEN DERECHO A LA PENSION DE SOBREVIVIENTE
PENSION DE SOBREVIVIENTE POR DISCAPACIDAD INTELECTUAL
INTERESES MORATORIOS POR RETROACTIVO PENSIONAL
PENSION EN SUSPENSO POR FALTA DE CURADOR
QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR UNA PENSION POR FALLECIMIENTO
PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN PENSIONADO
Cuánto necesito para poder quedar pensionado por invalidez de porcentaje discapacidad laboral y no me habían calificado con un 47 y necesito saber cuánto necesito no me han informado nada no me dijeron que cuánto va necesitaba yo necesito esa información gracias
buenos dias tengo irc y posteriormente estoy en protocolo de transplante renal mi pregunta es si me pensionan por las enfermedades anteriormente expuestas cual seria mi valor de mi pension es verdad que me pensiono con el ultimo sueldo que devengo tengo 700 semanas cotizadas hasta ahora gracias
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]
[…] PORCENTAJE PARA PENSION DE INVALIDEZ […]