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QUÉ DOCUMENTOS NECESITO PARA RECLAMAR LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN COLPENSIONES

RECLAMAR LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES EN COLPENSIONES
octubre 19, 2020

Tabla de contenido

La pensión de sobrevivientes es la prestación económica que se causa por el fallecimiento del afiliado o pensionado. Y se le reconoce a los beneficiarios de la pensión.

En este artículo te contamos como acceder a la pensión. Los documentos que se requieren y como se realiza el trámite ante Colpensiones, que anteriormente fue el Seguro Social.

En el régimen de ahorro individual se rige por los mismos requisitos, hoy abordaremos este trámite desde el régimen de prima media.

Cuáles son los pasos a seguir para reclamar la pensión de sobrevivientes en Colpensiones

Una vez sucede el fallecimiento de un afiliado al sistema de pensiones, o de un pensionado. Los beneficiarios que se encuentren con vida pueden reclamar la pensión de sobrevivientes en Colpensiones, para esto deben cumplir con la calidad de beneficiario.

Si eres un afiliado fallecido, se debe acreditar que:

  • En primer lugar qué haya cotizado mínimo 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento.

Si eres un pensionado que fallece:

  • No es necesario acreditar las semanas cotizadas

Ya que sus beneficiarios reciben la totalidad de la prestación económica que disfrutaba en vida. Estas pensiones o prestaciones buscan garantizar a la población los riesgos derivados de la muerte.

El beneficiario solicitante de la pensión de sobrevivientes, deberá reclamar la pensión ante Colpensiones. Que es la administradora del régimen de prima media con prestación definida argumentando su calidad de beneficiario. Ya que había dependencia económicamente del causante, y si quien fallece es un afiliado al sistema general de pensiones. Que haya cotizado mínimo 50 semanas en los últimos tres años, para acreditar el derecho a la pensión de sobrevivencia. Se requiere anexar unos documentos a la solicitud de pensión.

Estos documentos son exigidos por Colpensiones para estudiar la solicitud y acreditar que hayan cumplido con los requisitos para la pensión de sobrevivientes.

Para así tomar una decisión, estos documentos son diferentes dependiendo la calidad de beneficiario que reclame la pensión. Pues para cada beneficiario se le exigen cumplir con unos requisitos o calidades particulares, a continuación te contamos cuales son esos documentos para cada uno.

¿Qué documentos se necesito para reclamar la pensión de sobrevivientes en Colpensiones?

La ley 797 de 2003 , que modificó la ley 100 de 1993, establece quienes son los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes. El cónyuge o compañero(a) permanente es el beneficiario principal. Para el cónyuge o compañero(a) permanente se requieren casi los mismos documentos, y no hay diferencia en el trámite para cada uno. A continuación de contamos cuales son los documentos que necesita el cónyuge o compañero(a) permanente para que le sea reconocida la mesada pensional.

En primer lugar esta pensión será pagada de forma vitalicia para el cónyuge o compañero(a) permanente que tenga 30 años de edad o más. Y de forma temporal si es menor de los 30 años y no tiene hijos menores de edad en común con el causante. En cuyo caso será pagada de forma vitalicia.

Estos serian los documentos que se necesitan dependiendo el tipo de beneficiario:

Documentos para la pensión del Cónyuge

  • Se requiere copia autenticada del registro civil de nacimiento del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del solicitante
  • Una copia autenticada de la partida eclesiástica o en su defecto registro civil de matrimonio. Se consigue en la parroquia o notaria donde se llevo a cabo el matrimonio.
  • Declaración juramentada de convivencia. En este documento el solicitante declara que convivio más de 5 años con el cónyuge fallecido.
  • Declaración de dependencia económica. Este documento acredita que el causante era quien aportaba al sostenimiento económico.
  • Registro civil de defunción del causante
  • Fotocopia del documento de identidad del causante

Compañero o compañera permanente

  • Copia autenticada del registro civil de nacimiento del solicitante
  • Fotocopia del documento de identidad del solicitante
  • Declaración juramentada de convivencia, esta debe ser mínimo 5 años anteriores al fallecimiento del causante.
  • Declaración de dependencia económica
  • Registro civil de defunción del causante
  • Fotocopia del documento de identidad del causante

Como vimos anteriormente los documentos que se requieren con respecto al cónyuge y al compañero(a) permanente son prácticamente los mismos. Con la diferencia que para los cónyuges se requiere la partida eclesiástica o el registro civil de matrimonio.

Hijos

Los hijos como beneficiarios de la pensión de sobrevivientes se agrupan en tres clases, los menores de edad. Los estudiantes hasta los 25 años de edad y los hijos inválidos. Sin embargo, se requieren los mismos documentos. Solo cambia para acreditar si se trata de un menor de edad, de un estudiante o inválido, los documentos que requieren son los siguientes.

  • Registro civil de nacimiento del hijo solicitante
  • Copia del documento de identidad del solicitante, para acreditar plenamente la identidad del hijo
  • Declaración de dependencia económica: El solicitante acredita que dependía económicamente del causante. Y que con sus aportes se sostenía económicamente y ayudaba a su calidad de vida.
  • Hijos mayores de 18 que se encuentren estudiando, deben anexar el certificado estudiantil, expedido por la institución académica.
  • Para los hijos inválidos, se debe anexar la calificación de invalidez. En esta se debe demostrar que tiene un porcentaje de perdida de capacidad laboral superior al 50%

Padres

  • Que no hayan beneficiarios con más derecho como lo son: Cónyuge o compañero (a) permanente, hijos.
  • Registro civil de nacimiento de los padres solicitantes
  • Declaración de dependencia económica
  • Registro civil del causante
  • Copia del documento de identidad del causante

Hermanos invalidos

Finalmente como beneficiarios están los hermanos inválidos que dependían económicamente del causante.

Esta prestación se le reconoce a los hermanos inválidos, cuando no existan otros beneficiarios con mejor derecho.

  • Copia del registro civil de nacimiento del solicitante
  • Copia del documento de identidad
  • Declaración juramentada del solicitante donde afirma depender económicamente del causante
  • Calificación de invalidez, donde figure con un porcentaje de pérdida de capacidad laboral superior al 50%

Cómo podemos ayudarte

  • Nosotros podemos realizar el trámite para obtener la pensión vitalicia de sobrevivientes ante el fondo de pensiones. Desde el momento de la solicitud hasta que sea reconocida el pago de la pensión.
  • Se debe acreditar la condición de beneficiario del causante. Si quien fallece es el afiliado se debe acreditar que el fallecido cotizo mínimo 50 semanas. Dentro de los últimos tres años anteriores al fallecimiento, que se acredita a través de la historia laboral del causante.
  • Le asesoraremos respecto al tema.

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Guianella
2 Años Pasado

Gracias por la información. Gran aporte de esta web. Saludos!

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