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QUIÉN TIENE DERECHO A LA PENSIÓN SI UN TRABAJADOR FALLECE

Quién tiene derecho a la pensión si un trabajador fallece
junio 17, 2020

Tabla de contenido

Cuando un trabajador cotizante al sistema de pensiones fallece, sus familiares que le sobreviven tienen derecho a la pensión de sobrevivientes, si reúnen los requisitos y las calidades exigidas por la ley, en este articulo le cotamos sobre quién tiene derecho a la pensión si un trabajador fallece.

Pensión de sobrevivientes

La pensión de sobreviviente es la prestación económica que se le reconoce a los familiares del pensionado por vejez o por invalidez que fallezca. También se le reconoce al grupo familiar del cotizante al sistema de pensiones cuando este fallece.

Además, la ley exige que la persona haya cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años, anteriores al fallecimiento.

Quién tiene derecho a la pensión de sobreviviente

Cuando un trabajador cotizante al régimen de pensiones o un pensionado fallece, o un pensionado por invalidez o vejez, serán beneficiarios de la pensión de sobrevivientes:

  • El cónyuge o compañero(a) permanente.
  • Los hijos menores de 18 años.
  • Los hijos mayores de 18 años, hasta los 25 si se encuentran estudiando y dependían económicamente del causante
  • Los padres si dependían económicamente del causante.
  • Los hermanos inválidos si dependían económicamente del causante.

Prestación vitalicia y temporal

La pensión de sobreviviente podrá ser de forma vitalicia o temporal. El cónyuge o compañero(a) permanente podrá ser beneficiario de forma vitalicia, es decir por el resto de su vida, si al momento del fallecimiento del causante tiene más de 30 años de edad. Si la pensión de sobreviviente se causa por muerte del pensionado, el cónyuge o compañero(a) permanente deberá acreditar además su convivencia con el causante mínimo 5 años continuos con anterioridad a su muerte.

Podrá ser también beneficiario de forma temporal, si el cónyuge o compañero(a) permanente sobreviviente, tiene menos de 30 años de edad y no haya procreado hijos con este, la pensión temporal tendrá una duración máxima de 20 años y se pagará siempre y cuando el beneficiario viva. La ley también establece que para estos casos el beneficiario deberá cotizar al sistema para obtener su propia pensión, y en caso de tener hijos con el causante se le aplicará la pensión de forma vitalicia.

Cuál es el monto

El monto mensual de la pensión de sobrevivientes, cuando fallece el pensionado es igual al 100% de la pensión que disfrutaba.

Cuando quien fallece es el afiliado, o trabajador cotizante al sistema, el monto de la pensión de sobrevivientes será igual al 45% del ingreso base de liquidación, es decir el promedio de los salarios cotizados al sistema. Y por cada 50 semanas cotizadas adicionales a las primeras 500 semanas de cotización, tendrán derecho a un aumento del 2% en su monto de pensión de sobreviviente, sin que exceda el 75% del ingreso base de liquidación.

Además, se establece que en ningún caso el monto de la pensión podrá ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente.

Indemnización sustitutiva de la pensión de sobrevivientes

La indemnización sustitutiva de la pensión de sobrevivientes, es cuando los beneficiarios del afiliado al sistema, al momento de su muerte no reúnen con los requisitos para la pensión de sobrevivientes, podrán solicitar una indemnización cómo sustitución equivalente a la correspondida en el caso de una indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, para esto se deben remitir al artículo 37 de la ley 100 de 1997, pues este procedimiento se rige por la norma establecida para la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez. Normas que la regulan

El fundamento de este tipo de pensión se encuentra regulado en la ley 100 de 1993, a partir del artículo 46, hasta el artículo 49, en el régimen de prima media y a partir del artículo 74, de la ley 100, se establece la pensión de sobreviviente en el régimen de ahorro individual con solidaridad.

Además estas normas fueron modificadas por la ley 797 de 2003, dónde en el artículo 12 modificó el artículo 46 de la ley 100 que establecía los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes y el artículo 12 que modificó los artículos 47 y 74 de la ley 100 de 1993 que establecía los beneficiarios a esta pensión.

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Abogados especialistas
3 Años Pasado
Responder a  Sara romero

Buenos días Sara, tu madre tiene derecho a reclamar la pensión de sobrevivientes por la muerte de tu padre, al tratarse de un accidente laboral es la ARL quien reconoce esta pensión, tu madre como beneficiaria de la pensión de sobrevivientes tiene todo el derecho a que la ARL le reconozca la pensión, pero además tu padre estaba afiliado al sistema de pensiones y contaba con más 650 semanas, puedes solicitar además la devolución de aportes por no cumplir con los requisitos para la pensión que estaba cotizando, y este trámite debe realizarse ante Colpensiones

Abogados especialistas
3 Años Pasado
Responder a  Jhon jairo Arango

Buenos días Jhon Jairo, para poder obtener la pensión de sobrevivientes en este caso, tiene que ser que tus padres dependan económicamente de tu hermano que falleció, o que seas declarado inválido y dependías económicamente de tu hermano, pues sin hijos que dependan del el, y sin cónyuge o compañera permanente es muy difícil que le reconozcan la pensión de sobrevivientes a otros beneficiarios que no dependan económicamente del causante.

Sara romero
3 Años Pasado

Me podrían asesorar en cuanto mi padre falleció en un accidente laboral trabajaba como albañil y se cayó de un tercer piso actualmente le estaban cotizando y mi pregunta es si mi mamá puede solicitar la pensión de sobrevivencia sabiendo que toda la vida han vivido juntos y mi papá cotizó más de 650 semanas a Colpensiones en caso de que sí Podamos solicitar pensión para mi mamá qué requisitos necesitamos para que ella quede pensionada muchas gracias

Jhon jairo Arango
3 Años Pasado

Buenas tarde mi hermano fallecio y el cotizaba la pensión el colfondos y el era soltero y mis padres ya no viven nosotros podemos reclamar los aportes que el tenia cotizados al momento de fallecer ?