Las semanas para pensión en Colpensiones, según lo establecido en el régimen general de seguridad social, establecido mediante la ley 100 de 1993 y modificado por la ley 797 de 2003 y el acto legislativo 01 de 2005, están establecidas en 1300 semanas de cotización para acceder a una pensión de vejez.
Requisitos
- Deben tener la edad mínima las cuales son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.
- Tener en cuenta que las semanas para pensión en Colpensiones son 1300; las cuales se deben acreditar en todo el transcurso de la vida laboral del afiliado.
Las semanas para pensión en Colpensiones se tienen en cuenta como tal, semanas laboradas, a diferencia del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad en donde no se acredita un cumulo de semanas, si no que en la cuenta individual del afiliado se tengan 350 millones, para acceder a una pensión de mínimo.
Montos
Cuando el afiliado acumule las semanas para pensión en Colpensiones, tendrá derecho al reconocimiento de la pensión en un monto del 55% del Ingreso Base de Cotización (IBL), esto es, del monto del salario por el cual realizaba las cotizaciones a pensión. Si el afiliado continúa cotizando, se le incrementara el porcentaje del IBL en 1,5% por cada 50 semanas cotizadas superiores a las 1300 y se le tendrán en cuenta hasta las1800 semanas con una pensión máxima del 80% del índice base de liquidación.
Semanas para pensión en Colpensiones otros casos
En el evento que una persona sufra de una discapacidad superior al 50%, las semanas para pensión en Colpensiones que deberá acreditar son 50 en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la enfermedad, esto es; la fecha en que se puede tener certeza del padecimiento inicial de la enfermedad.
Igual que en el evento anterior; para poder causar una pensión de sobreviviente las semanas para pensión en Colpensiones que se deben acreditar son 50 en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha del fallecimiento del afiliado.
Las personas que después del cumplimiento de la edad para pensión no acredite las semanas para pensión en Colpensiones podrán seguir cotizando hasta acumular las 1300, o podrán solicitar a Colpensiones la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez; la cual consiste en la devolución de los dineros aportados por el afiliado.
En cuanto a las personas que cumplan con el requisito establecido en el articulo 36 de la ley 100 de 1993, y el acto legislativo 01 de 2005, esto es, tuviesen 35 años las mujeres y 40 años los hombres antes del 1 de abril de 1994, 750 semanas cotizadas antes del 30 de junio de 2005 y posteriormente 1000 semanas antes del 31 de diciembre de 2014 podrán acceder a la pensión de vejez. En cuanto a la pensión de invalides y sobreviviente, se tendrá al igual que lo enunciado en los párrafos anteriores del presente artículo.
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Buena tarde
estoy trabajando en este momento tengo 1099 semanas según ultimo reporte colpensiones, tengo 56 años voy a cumplir 57 en abril de 2.018, tengo dos hijos con discapacidad uno de 21 años y otro va a cumplir 18 años en diciembre con calificaciones de discapacidad del 90% cada uno. Es verdad que puedo pedir me pensión por la invalidez de mis hijos.
Necesito ayuda soy madre soltera cabeza de familia, gracias
Buenas noches, una consulta. Tengo 54 años y estoy en protección, me dicen que mi pensión va ser un salario mínimo. Puedo pasarme a colpensiones y cotizar 10 años más con un mayor valor para mejorar mi pensión. Gracias
Naci el 09 de Septiembre de 1.954 e inicie a trabar con la Registraduria Nacional el 11 de Octubre del 1977 y me pensione el 30 de Junio del 2014 donde trabaje consecutivamente durante mas de 36 años, El salario devengado en el ultimo Año fue de $ 2.351.846 me pagaron el ultimo Año $ 7.853.500 en Horas Extras, mi mesada pensional me quedo en $ 1.855.662. Mi pregunta es si me tendrían en cuenta todos mis factores salariales , las primas y las Horas Extras y si tengo derecho a que se me incremente mi mesadas por las semanas de demás ya que cotice mas de 1.300 semanas les agradezco de antemano su opinión.
Buenos días, tengo un familiar q en la actualidad cuenta con 977 semanas cotizadas y 64 años de edad,por tal motivo fuimos a colpensiones y nos dicen q no es apto para pensión q tiene q seguir pagando o retirar el dinero,el problema es q él ya no cuenta con medios para seguir pagando y desea retirar el dinero. Mi pregunta es como hacemos para saber q cantidad de dinero le debe devolver colpensiones para saber q decisión tomar si retirar o contratar un abogado .
Le agradecería q nos pudieran guiar.
Mil gracias quedamos atentos y pendientes a cualquier ayuda.