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TUTELAS CONTRA COLPENSIONES

TUTELAS CONTRA COLPENSIONES
junio 15, 2016

Tabla de contenido

Las tutelas contra COLPENSIONES; son el mecanismo último que se utiliza para solicitarle al juez que se pronuncie con respecto a la violación de derechos fundamentales por parte de COLPENSIONES.

Tutelas

Estas tutelas contra COLPENSIONES se presentan en el momento en que; por medio de acto administrativo, dicha entidad atente contra los derechos fundamentales del afiliado; los cuales pueden ser: violación al derecho a la seguridad social, derecho al mínimo vital entre otros.

Tutelas contra Colpensiones ejemplo

Un ejemplo claro de la procedencia de tutelas contra Colpensiones; es el evento en el cual se acude a la jurisdicción ordinaria con el fin de que decidan sobre el reconocimiento de una pensión y una vez agotadas todas las etapas procesales dicho juez decide que se tiene el derecho al reconocimiento de la prestación solicitada.

En ese momento el juez ordena a COLPENSIONES que realice el reconocimiento y pago de la pensión solicitada, para lo cual; la parte interesada deberá presentar los siguientes requisitos

Requisitos

  • Copia de las piezas procesales pertinentes
  • Un derecho de petición de cuenta de cobro, sobre lo cual se deberán pronunciar dentro de los 4 meses siguientes a la presentación de dicha cuenta de cobro.

Una vez vencidos los 4 meses, si la entidad COLPENSIONES no se ha pronunciado con respecto al pago, esto significa; que no ha incluido en nómina al titular del derecho se puede proceder a interponer tutela en su contra por la violación al derecho fundamental de mínimo vital, del derecho de petición, de la seguridad social, e incluso por violación al derecho a la salud, pues al no percibir ingresos el pensionado, no podrá acceder al sistema contributivo de salud.

Una vez interpuesta la tutela; el juez tendrá el termino de 15 días hábiles para dar respuesta de fondo a la misma; ordenando que en el término de 48 horas definan lo concerniente al pago de los valores ordenados en la sentencia y así no seguir vulnerando los derechos fundamentales invocados en la demanda.

Tutela contra Colpensiones ¡IMPORTANTE!

Cabe aclarar, que las tutelas contra Colpensiones y contra cualquier otra entidad o persona natural, solo son procedentes en el evento que los accionados incurran en violación a los derechos fundamentales consagrados en los artículos 11 al 42 de la Constitución Política de Colombia, y por ende, son muy pocos los casos en lo que se reconozca una pensión por esta vía.

La jurisprudencia, teniendo en cuenta lo anterior, nos ha venido diciendo que en los eventos de solicitudes de pensión solo será procedente la tutela cuando no exista “un medio alternativo de defensa judicial, idóneo y eficaz” o en los eventos en que sea necesaria “ para evitar un perjuicio irremediable” esto es, que si requiere de medidas urgentes y de no concederla por esta vía, el perjuicio se extienda y llegue a ser de tal magnitud que no tenga retorno.

Es por lo anterior que se puede decir que en los casos de las pensiones que fueron negadas a las personas de la tercera edad y que se encuentren en alto grado de vulnerabilidad como lo es el padecimiento de una enfermedad crónica degenerativa que posiblemente pueda ocasionar la muerte, en estos eventos será procedente la solicitud de dicha prestación por medio de tutelas contra Colpensiones.

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Carolina Montoya
2 Años Pasado

Muy buenas tardes quisiera saber si se puede interponer una tutela ante Colpensiones debido a que no me quieren resolver la solicitud de pensión de vejez pues ya cuento con los 57 años de edad y más de 1300 semanas que exige la ley radique la solicitud Hace seis meses y esa es la hora en que no me han dado respuesta me dirijo a Colpensiones y lo único que me dicen es que no hay respuesta que debo esperar pero ya pasado demasiado tiempo que puedo hacer

Clara Rojas
2 Años Pasado

Realice la solicitud de mi pensión de vejez hace más de 4 meses y fui a Colpensiones para saber si ya había respuesta y lo único que me dicen es q aún no hay respuesta que entonces me toca esperar a que resuelvan y la verdad considero que ha pasado mucho tiempo , yo podría realizar una tutela para q me den respuesta mucho más rápido ???